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Compró en un proyecto CONFOTUR.

Eso no significa que tenga la exención.

Lo que compró fue la elegibilidad. La exención fiscal de 15 años es una solicitud que alguien tiene que presentar, ante Hacienda, la DGII y el Registro de Títulos. El desarrollador no está obligado a hacerlo por usted. Si nadie la presenta, el beneficio nunca llega a su título, y usted se entera cuando llega la factura de impuestos.
Verifique si su exención llegó a presentarse

Nadie le mintió. Nadie se lo dijo tampoco.

El vendedor dijo que el proyecto era CONFOTUR, y lo era. Usted asumió que con eso quedaba resuelto. El vendedor asumió que usted se encargaría del trámite después del cierre. En el vacío entre esas dos suposiciones, la exención queda sin presentar. Los compradores a menudo lo descubren solo cuando aparece el impuesto anual a la propiedad del 1%, o cuando van a vender y el abogado del comprador pide prueba de que el beneficio fue registrado. Para entonces ya ha pagado durante años por una propiedad que se suponía exenta.
El beneficio · § 01

Un beneficio real, con un proceso real detrás.

CONFOTUR (Ley 158-01) exonera a las propiedades turísticas que califican del impuesto de transferencia del 3% y del impuesto anual a la propiedad del 1% durante 15 años. Las cifras son lo bastante grandes como para importar en cualquier compra. Pero la ley concede el beneficio al propietario de la propiedad mediante solicitud, no por defecto. La elegibilidad viene con el proyecto. La exención viene con la solicitud.
Ley No. 158-01 · Incentivo turístico
Impuesto de transferencia 3% · exento
Impuesto anual a la propiedad (IPI) 1% · exento
Duración 15 años
Cómo se adhiere Mediante solicitud, nunca automática
Lo que hacemos · § 02

Lo confirmamos, lo presentamos y le damos seguimiento hasta su título.

1.

Verificamos

Si el proyecto realmente cuenta con la clasificación CONFOTUR, y si su unidad califica bajo ella.
2.

Presentamos

La solicitud formal ante el Ministerio de Hacienda, y las aprobaciones requeridas de la DGII y del Registro de Títulos.
3.

Damos seguimiento

En cada oficina, hasta que la exención quede registrada sobre su título y usted tenga prueba de que existe. No una promesa de que existirá. Prueba de que se hizo.
Esteban A. Sánchez · Counsel
Esteban A. Sánchez · Counsel
Quién se encarga · § 03

Usted habla con el abogado. Siempre.

Soy Esteban A. Sánchez, abogado dominicano radicado en Punta Cana. El proceso CONFOTUR pasa por tres oficinas de gobierno, y la diferencia entre un beneficio en papel y un beneficio en su título está en si alguien realmente lo llevó hasta el final en las tres. Yo me encargo de eso personalmente.
Casos seleccionados · § 04

Lo que se pasa por alto, y cuánto vale.

Nombres omitidos · resultados verídicos
Presentada después del hecho Resultado
Un comprador cerró la compra creyendo que la exención era automática. Nunca se presentó. Sometimos las solicitudes y registramos el beneficio antes del siguiente ciclo anual de impuestos, protegiendo quince años de exención que de otro modo habrían caducado.
15 años protegidos
Detectada antes del cierre Resultado
Durante una compra, confirmamos el estatus CONFOTUR de la unidad e incorporamos la solicitud a la transacción, de modo que la exención quedó adherida al título al momento de la transferencia, en lugar de convertirse después en el problema del comprador.
Adherida en la transferencia
Preguntas · § 05

Antes de escribirnos.

Las preguntas que hacen los compradores sobre la exención CONFOTUR. Respuestas claras.
01.

¿La exención CONFOTUR es automática si compro en un proyecto aprobado?

+
No. La aprobación del proyecto hace que su unidad sea elegible. La exención en sí requiere una solicitud formal ante Hacienda y la aprobación de la DGII y del Registro de Títulos antes de quedar adherida a su título.
02.

¿Qué exonera realmente CONFOTUR?

+
El impuesto de transferencia inmobiliaria del 3% y el impuesto anual a la propiedad del 1% (IPI), durante 15 años, sobre las propiedades que califican.
03.

El desarrollador dijo que ya está resuelto. ¿Lo está?

+
A veces el desarrollador presenta la solicitud por el proyecto. El beneficio aún tiene que aplicarse al título de cada propietario. A menos que haya visto prueba de que la exención quedó registrada sobre su propiedad específica, conviene confirmarlo. El costo de verificar es pequeño. El costo de suponer son quince años de impuestos.
04.

Ya cerré la compra. ¿Es demasiado tarde para presentar la solicitud?

+
Con frecuencia, no. Si la exención nunca se presentó, por lo general aún puede aplicarse, pero el momento importa y cada ciclo que espera es un año de beneficio que no recupera.
05.

¿Cómo sé si mi exención llegó a registrarse?

+
Podemos verificar el estatus ante el Registro de Títulos y la DGII y decirle exactamente en qué punto se encuentra: presentada, pendiente o nunca sometida.

La exención vale quince años.

Confirmarla toma una conversación.

Si compró en un proyecto CONFOTUR, la única pregunta que importa es si el beneficio llegó a su título o se quedó en el folleto. Lo averiguamos, y si nunca se presentó, lo presentamos.
Verifique si su exención llegó a presentarse
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