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Litigio civil y comercial

Litigio civil en República Dominicana

Representamos a extranjeros con intereses en la República Dominicana ante las cámaras civiles y comerciales, desde la primera intimación hasta la ejecución de la sentencia.

Qué llevamos · § 01

Incumplimiento de contrato (ejecución, resolución, devolución de lo pagado y daños). Cobro de deudas y ejecución de sentencias dominicanas y extranjeras, con embargo de cuentas, inmuebles o créditos del deudor. Conflictos con desarrolladores por entregas tardías, permisos faltantes y depósitos no devueltos. Defensa cuando la demanda es contra usted. Conflictos de propiedad y copropiedad.

Cómo avanza un caso · § 02

Opinión legal escrita, normalmente en cinco días hábiles desde que recibimos sus documentos, donde le decimos con claridad si el caso vale la pena. Intimación por acto de alguacil, que deja constancia y hace correr los plazos. Ventana de negociación, donde se obtiene la mayoría de las recuperaciones posibles. Demanda, con la primera audiencia fijada por el tribunal. Sentencia de primer grado, apelable, y ejecución con embargo si la otra parte no paga. De la demanda a la sentencia de primer grado, normalmente entre doce y veinticuatro meses; el tribunal fija su ritmo y le avisamos cuando cambia.

Litigar desde el extranjero · § 03

No viaja: un poder firmado donde vive y apostillado nos permite actuar. A cada audiencia asiste el abogado responsable de su expediente y usted recibe un informe escrito después. Nuestra lectura de su caso se apoya en una base de datos de sentencias de La Altagracia y la región este que mantenemos y actualizamos.

Honorarios · § 04

Honorarios fijos por fase, cotizados por escrito antes de empezar. No facturamos por hora. Siempre sabrá cuánto cuesta la siguiente fase antes de decidir entrar en ella.

Preguntas frecuentes · § 05
¿Puede un extranjero demandar en República Dominicana?+
Sí, con el mismo acceso que un nacional; necesita abogado dominicano y, si no viaja, un poder.
¿Debo estar presente en las audiencias?+
No, salvo casos excepcionales que le avisamos con antelación.
¿Se puede ejecutar aquí una sentencia extranjera?+
Sí, mediante exequátur ante los tribunales dominicanos; llevamos ambos pasos.
Cuéntenos qué pasó

Envíe el contrato, la correspondencia o la sentencia que tenga. En 24 horas tendrá nuestra lectura y una propuesta de acción, por escrito. La revisión inicial del caso es gratuita.

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